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Qué es Fondef
Ficha Fondef | Decreto Fondef |
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Página 1 de 2 FONDO DE FOMENTO AL DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICOREPUBLICA DE CHILEMINISTERIO DE ECONOMIAFOMENTO Y RECONSTRUCCIONAPRUEBA CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION Y LA COMISION NACIONAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA.SANTIAGO, 06 de Mayo de 1992 Nº 237 VISTO: Lo dispuesto en las Leyes Nºs. 16.746 y 19.103, el decreto con Fuerza de Ley Nº 88, de 1953, del Ministerio de Hacienda y los decretos supremos Nºs. 491, de 1971, del Ministerio de Educación, y 44, de 1992, del Ministerio de Hacienda. DECRETO ARTICULO 1º.- Apruébase el convenio suscrito con fecha 10 de abril de 1992, entre el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, cuyo texto se transcribe a continuación. CONVENIO En Santiago, a diez de abril de mil novecientos noventa y dos, el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en adelante también referido como "el Ministerio", representado por el titular de la cartera, don Carlos Ominami Pascual, ambos con domicilio en Teatinos Nº 120, por una parte, y la otra, la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, en adelante también referida como "CONICYT", representada por su Presidente don Enrique d'Etigny Lyon, ambos con domicilio en Canadá Nº 308. CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Chile ha definido un Programa de Ciencia y Tecnología, uno de cuyos componentes principales es un Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico, en adelante también referido como "FONDEF"; Que, para financiar los proyectos que aprobará el FONDEF durante 1992, la Ley de Presupuestos del Sector Público ha contemplado los recursos correspondientes en el presupuesto del Ministerio para su traspaso a CONICYT en los términos que establezca el convenio que ambas partes suscriban; y en el presupuesto de CONICYT mediante una asignación denominada Fondo de Fomento Ciencia y Tecnología (FONDEF). Que, por otra parte, el Gobierno de Chile suscribió en Washington, D.C., Estados Unidos de América, con fecha once de marzo del año en curso, un contrato de préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para asegurar los recursos complementarios destinados al mencionado Programa de Ciencia y Tecnología. Que las instituciones comparecientes tienen las facultades legales y la voluntad de suscribirlo. Celebran el siguiente CONVENIOPRIMERO: El Ministerio y CONICYT, con el mérito de las consideraciones precedentes, acuerdan colaborar en la operación del Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico, en adelante también referido como (FONDEF), creando en el Programa de Ciencia y Tecnología que hace parte del contrato de préstamo suscrito por el Gobierno de Chile y el BID con fecha once de marzo del año en curso, cuyo texto y anexos las partes declaran conocer en su integridad. El FONDEF es un mecanismo de financiamiento de proyectos de Investigación y Desarrollo (I-D), de servicios científicos y tecnológicos, y de infraestructura científico-tecnológica, inscritos en el área de minería, agropecuaria, pesca, manufactura e informática, y forestal, cuyos ejecutores son instituciones de I-D sin fines de lucro. Las restantes características del FONDEF se encuentran descritas en el contrato mencionado en el párrafo precedente y en sus anexos. SEGUNDO: El Ministerio, a condición de recibir los recursos correspondientes al crédito del BID y al aporte local comprometido por el Gobierno de Chile, transferirá a la CONICYT, en un período de cuatro años, la suma de sesenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 65.000.000), equivalentes en moneda nacional, para el financiamiento de proyectos seleccionados por FONDEF. El Ministerio proporcionará asimismo durante la ejecución del Programa, que se contemplen en el presupuesto de CONICYT los recursos para la administración del FONDEF y el fortalecimiento institucional de CONICYT, que ascienden en total a un monto de cuatro millones cuatrocientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 4.400.000), equivalentes en moneda nacional, conforme a lo convenido en el contrato de préstamo suscrito con el Banco. El Ministerio transferirá los recursos mencionados en el primer párrafo de esta cláusula, bajo la modalidad de un fondo rotatorio, que será realimentado en cada oportunidad de CONICYT justifique documentadamente las cantidades gastadas, a medida que el Ministerio reciba las provisiones correspondientes y siempre que CONICYT esté al día en el cumplimiento de los requisitos necesarios para la correspondiente transferencia, dentro del monto de recursos que anualmente contemple la Ley de Presupuesto del Sector Público. TERCERO: Para facilitar la coordinación de ambas partes en la ejecución del fondo, se establece un Comité Directivo del FONDEF integrado por siete miembros: un representante del Ministerio, quién lo presidirá, un representante de CONICYT y cinco miembros más en representación, respectivamente, de los Ministros de Educación, de Hacienda, de Planificación y Cooperación, de Minería y de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO). El Comité tendrá a su cargo, de modo especial, las siguientes atribuciones:
CUARTO: El Comité Directivo no podrá, con cargo a los recursos acordados en este convenio, adoptar recomendaciones que sobrepasen lo acordado entre el Gobierno de Chile y el BID en el contrato mencionado con anterioridad, y se desenvolverá bajo la supervisión inmediata del Consejo Directivo del Programa de Ciencia y Tecnología. QUINTO: CONICYT se compromete a ejecutar los recursos mencionados en este convenio con sujeción a sus disposiciones, así como a los términos del ya mencionado contrato suscrito entre el Gobierno de Chile y el BID, y en sus anexos, en lo tocante al FONDEF. Este compromiso se extenderá con especial cuidado a la observancia de las normas operativas del BID que el Gobierno de Chile aceptó en dicho contrato. SEXTO: Para asesorar en la aplicación de este convenio CONICYT constituirá una unidad técnica denominada "Dirección Ejecutiva del FONDEF", la cual podrá contar con el apoyo de las unidades de administración y finanzas, información y estadísticas de CONICYT. SEPTIMO: CONICYT llevará una cuenta especial del uso de los recursos que le traspase el Ministerio para el FONDEF, de modo que se facilite suministrar los informes financieros a aquél y al BID según los procedimientos de estas instituciones. Estos recursos serán transferidos en parcialidades previa rendición de los recursos entregados anteriormente, y presentación del programa de gastos para el próximo período. OCTAVO: CONICYT presentará al Ministerio, estados financieros mensuales de los gastos en que incurra con cargo a los recursos acordados. Además, dentro de los primeros sesenta días de cada año calendario, presentará al Ministerio una cuenta consolidada de los ingresos y gastos del año anterior. CONICYT mantendrá, en todo caso, los documentos técnicos, los registros contables y la documentación de respaldo de la ejecución de los recursos, a disposición del Ministerio. NOVENO: En las relaciones diarias de trabajo entre el Ministerio y CONICYT, el primero actuará por intermedio de la Secretaría Ejecutiva del Programa de Ciencia y Tecnología, y la última por intermedio de la Dirección Ejecutiva del FONDEF. DECIMO: El presente instrumento regirá desde la fecha de término de tramitación del Decreto Supremo que lo apruebe, y se firma en seis originales de idéntico tenor literal y valor probatorio. ARTICULO 2º.- En mérito a lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 10º de la Ley 10.336 determinase que este decreto tenga trámite extraordinario de urgencia, por tratarse de una medida que estaría expuesta a desvirtuarse si no se aplicara inmediatamente. ARTICULO 3º.- Impútese el gasto que demande el presente decreto al Subtítulo 25, Item 32. Asignación 001 del Presupuesto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. ANOTESE, TOMESE RAZON, COMUNIQUESE Y NOTIFIQUESE. PATRICIO ALWIN AZOCARPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJORGE MARSHALL RIVERAMINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION (S)Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento. Saluda atentamente a Ud., JORGE MARSHALL RIVERASubsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.
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