| P: ¿Cuándo se inicia el proceso de contratación de un proyecto? R: El proceso de Contratación se inicia con la comunicación formal por parte del FONDEF, a las Instituciones Beneficiarias, confirmando la adjudicación del proyecto. |
| P: ¿Cuáles son las etapas del proceso de Contratación?
R: Las etapas del proceso de Contratación son las siguientes: - Comunicación formal de la adjudicación. - Solicitud de reformulación del proyecto.. - Recepción, revisión y aprobación por FONDEF del proyecto reformulado. - Confección del Contrato o Convenio en base al documento Tabla de Costos - Firma del Contrato o Convenio. - Recepción del Contrato o Convenio firmado en FONDEF y confección de la respectiva Resolución. - Envío de la Resolución a la Contraloría General de la República. - Toma de Razón de la Resolución por parte de la Contraloría General de la República |
| P: ¿En que consiste la solicitud de reformulación del proyecto? R: La solicitud de reformulación del proyecto, surge como resultado del proceso de evaluación y dice relación con modificaciones que el(la) Director(a) del Proyecto, debe efectuar al proyecto que presentó inicialmente. Dichas modificaciones se orientan a potenciar la eficiencia y eficacia de la gestión y resultados del proyecto. |
| P: ¿Cuándo y quién confecciona el Contrato o Convenio? R: FONDEF confecciona el Contrato o Convenio tipo una vez recibido y aprobado el proyecto reformulado y la Institución Beneficiaria Principal, completa los datos correspondientes al proyecto adjudicado. |
| P: ¿Quiénes suscriben el Contrato o Convenio? R: El Contrato o Convenio es suscrito por CONICYT y todas las Instituciones Beneficiarias del proyecto. |
| P: ¿Quién obtiene las firmas de los representantes legales de las Instituciones Beneficiarias? R: El Representante Institucional ante FONDEF de cada Institución Beneficiaria es el responsable de la obtención de las firmas correspondientes. |
| P: ¿Cuáles son las características del Contrato o Convenio? R: El Contrato o Convenio es un formato tipo para todos los proyectos de un mismo concurso y en él se deja constancia de los objetivos del FONDEF, del tipo de proyecto aprobado y se establece a lo menos lo siguiente: - La naturaleza, objeto y duración del Convenio. - El costo total del proyecto, costos incrementales, aportes máximos de FONDEF, aportes mínimos de las Instituciones y Terceros participantes. - La naturaleza y forma de entrega de los aportes y las garantías requeridas. - La obligación de las Instituciones Ejecutoras de llevar contabilidad separada del proyecto, de manejar los recursos en una cuenta corriente bancaria especial y de entregar informes a FONDEF que contengan aspectos de vigencia científico-tecnológica, de gestión y financieros, con la periodicidad que se establezca. - La obligación de mantener a disposición de FONDEF la información y documentación sustantiva administrativa y contable del proyecto. - Las disposiciones relativas a la propiedad intelectual sobre la información producida y los resultados alcanzados por el proyecto. - Las modalidades de término anticipado del proyecto y las responsabilidades que de ello deriven. - Las normas y procedimientos derivados del Reglamento operativo de FONDEF que le sean aplicables. |
| P: ¿Quién confecciona y envía a la Contraloría General de la República, la Resolución correspondiente al proyecto? R: CONICYT, a través de su Departamento Jurídico confecciona y envía la Resolución a la Contraloría General de la República. Para confeccionar la Resolución requiere contar con la siguiente documentación: - Contrato o Convenio firmado por todas las partes involucradas. - - Informe de selección del proyecto. - Copia de los Acuerdos de Participación de las empresas y otras contrapartes. |
| P: ¿Por qué razón se envía la Resolución a la Contraloría General de la República? R: La Contraloría General de la República es la instancia que legaliza y formaliza el proceso de Contratación en su totalidad y autoriza a CONICYT a entregar los recursos fiscales comprometidos para la ejecución del proyecto. Este proceso se denomina "Toma de Razón" y una vez finalizado, se considera al proyecto como iniciado legal y formalmente. |
P: ¿Cuánto demora la Contraloría General de la República en aprobar la iniciación legal y formal del proyecto? R: El tiempo que demora la Contraloría en el proceso de "Toma de Razón" es variable y se estima entre dos semanas y dos meses, ya que depende exclusivamente de la carga de trabajo que tenga la Contraloría, al momento de recibir la respectiva Resolución. |